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Seguro Impago Alquiler

Seguros por impago de arriendo en España

Desde hace ya unos años, se ha popularizado entre los propietarios de bienes raíces en España que arriendan sus propiedades, los seguros por impago de arriendo de sus arrendadores. Para muchos, se ha convertido en una herramienta imprescindible, como forma de garantizar sus ingresos, no tener sorpresas en el futuro y de alguna forma, garantizar la rentabilidad de la inversión realizada. También hay que destacar, que esta herramienta, no sólo es positiva de cara al arrendador, sino que favorece en cierta medida también al inquilino, ya que permite el acceso a arrendar propiedades a personas, que  aún siendo solventes, no tienen la capacidad de conseguir los avales exigidos por los dueños del bien raíz.

En rasgos generales, este tipo de seguros, da protección al arrendador ante el impago de los inquilinos, pero además, previo al contrato de arriendo, la compañía aseguradora realiza un estudio de viabilidad económica del futuro arrendador, de tal forma que una vez analizado el riesgo, si concluye que existen riesgos de impago, no se llega a materializar el contrato. Desde MaaR Agency Asesores de Propiedades en España, recomendamos a nuestros clientes, la contratación de este tipo de seguro, pues nos ayuda a todas las partes a garantizar la rentabilidad de las inversiones y además, trabajar de una manera más segura.

QUÉ ASEGURADORAS DAN ESTE SERVICIO EN ESPAÑA


Dado que cada vez se ha hecho más popular la contratación de este tipo de seguros, y que además, existe una tendencia alzista al alquiler de propiedades en España, cada día hay más compañías aseguradoras que se suman a ofrecer este tipo de seguros. Estos, se contratan a través de pólizas multiriesgo dentro del ramo de hogar de la aseguradora, ofreciendo soluciones para proteger al propietario pensadas para garantizar el cobro del alquiler.

En MaaR Agency, conocemos a la perfección las coberturas de estas pólizas de seguros, y trabajamos indistintamente con cada una de ellas, en función de los requerimientos de nuestros clientes.

REQUISITOS DE CONTRATACIÓN DEL SEGURO EN ESPAÑA

Teniendo en cuenta, que será la aseguradora la que se haga cargo del pago del arriendo en caso de impago, como es natural y tal y como comentamos anteriormente, lo primero que hará la compañía, es un análisis de solvencia financiera del posible arrendador. Los ratios aproximados que manejan las aseguradoras para validar al arrendador, son del 40%-45% de los ingresos mensuales respecto del valor de arriendo. Además, la aseguradora suele solicitar una serie de documentos que acrediten dicha solvencia del arrendatario. Entre otros documentos, se suele solicitar las dos últimas nóminas, tipo de contrato con la empresa en la que trabajan, o si se trata de personas que trabajan como independientes, suelen pedir las últimas declaraciones de IVA y la última declaración de Renta. También es habitual, que revisen los archivos de morosidad, lo que en Chile por ejemplo denominamos DICOM.

¿QUÉ COBERTURAS OFRECEN ESTE TIPO DE SEGUROS?

Las principales coberturas que tienen las pólizas de arriendo son las siguientes:

  • Pago de arriendo en caso de impago por parte del arrendatario hasta el máximo establecido en las condiciones del contrato.
  • Defensa y protección de los intereses del arrendador ante futuros conflictos legales que se puedan tener, desahucios, etc…
  • Reclamo de desperfectos o daños materiales que haya podido ocasionar el arrendatario.

¿CÓMO FUNCIONA EL SEGURO?

Una vez que el seguro es contratado, el arrendador debe de comunicar inmediatamente a la compañía aseguradora cuando el arrendador incumple con el pago del arriendo o se da cualquier de las circunstancias anteriormente mencionadas. A partir de ese momento se inician los trámites de la aseguradora, en lo que se refiere a la reclamación de deudas y desahucio.

En el caso de desahucio, cuando el arrendador recupera la vivienda finalmente, hay que tener en cuenta que los tiempos dependen del juzgado que tramite el desahucio. Asimismo, según la compañía aseguradora que se haya contratado, el propietario podrá comenzar a cobrar las mensualidades impagas desde el momento que lo notifica o tendrá que esperar a que la justicia decida.

¿QUÉ PRECIO TIENE ESTE SEGURO?

Por norma general, y atendiendo al precio de las distintas compañías aseguradoras que ofrecen en España este seguro, el valor promedio está entre el 3% y de 5% de la Renta Anual de la propiedad.

El seguro será contratado a nombre del propietario, y aunque la ley, no aclara quien debe de pagarlo, por norma general lo paga el arrendador, aunque también se dan los casos de pagarlo de forma conjunta entre el arrendador o arrendatario, o incluso en ocasiones sólo el arrendatario, sobre todo en los casos en los que el inquilino precisa del seguro como garantía o aval para el arriendo. Además, hay pólizas que llevan complementariamente un seguro de Responsabilidad Civil al arrendatario, en el cual garantiza el pago de indemnizaciones a terceros por daños o perjuicios.

Si precisa de información más detallada de estas pólizas de seguros, póngase en contacto con MaaR Agency Asesores de Propiedades en España.